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Habilitación de plazos administrativos en materia de acceso a la información

San Salvador 11 de junio de 2020. El Instituto de Acceso a la Información Pública, ante la finalización de la vigencia del Decreto Legislativo 649, publicado en el Diario Oficial número 111 tomo 427 de fecha 1 de junio del presente año. A los entes obligados a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y a la población en general informa: 

  1. Que a partir de este día quedó sin efecto la suspensión de plazos administrativos decretada por la Asamblea Legislativa en virtud de la emergencia nacional generada por la pandemia del COVID-19 y la Tormenta Tropical Amanda. Por lo tanto, se encuentran habilitados los plazos establecidos en la LAIP, tanto para la tramitación de solicitudes de acceso a la información ante los entes obligados, como los procedimientos que se llevan a cabo frente a este Instituto.
  2. Que el día de ayer la Asamblea Legislativa aprobó el decreto número 657, pero su no sanción y consecuente publicación, no afecta este pronunciamiento ya que en él se excluían igualmente de la suspensión de plazos y procedimientos a las Unidades de Acceso a la Información de los entes obligados y del IAIP.  
  3. En este contexto, las instituciones públicas (entes municipales y no municipales) se encuentran en la obligación de recibir, tramitar y resolver todas las solicitudes de acceso a la información que sean presentadas a partir de este momento, de igual forma que aquellas cuya tramitación se vio afectada por la suspensión de plazos antes referida, sin importar la fecha en que fueron interpuestas ante el ente obligado, so pena de las consecuencias legales que acarrea su incumplimiento.
  4. Los titulares de los entes obligados deben adoptar medidas para garantizar que los canales para la interposición de solicitudes de acceso a la información se encuentren disponibles para el público. Asimismo, deberán garantizar que la organización interna de cada una de sus instituciones reúna las condiciones necesarias para la tramitación y respuesta de los requerimientos de la población sobre todo aquellas que estén realizando trabajo presencial, privilegiando por el momento, el trabajo remoto, sin que esto afecte ningún trámite. 
  5. Se recuerda a los oficiales de información de todas las instituciones públicas que las obligaciones de transparencia como la actualización de la información pública oficiosa también se encuentra vigente, por lo que deberán realizar las acciones correspondientes para darle cumplimiento a la brevedad.
  6. Este Instituto reanudará sin excepciones, la tramitación de todos los procedimientos que se vieron afectados por la suspensión de plazos, incluidas las audiencias y dará inicio a los que fueron interpuestos durante este período. Esta misma semana se iniciará con las notificaciones correspondientes. 
  7. Que la Unidad de Acceso a la Información del IAIP, continuará recibiendo solicitudes de forma remota por medio del correo uaip@iaip.gob.sv y dándoles el trámite correspondiente.

Finalmente, se informa a la población en general que los servicios que presta este Instituto están disponibles a partir de este día en forma electrónica a través de la dirección: oficialreceptor@iaip.gob.sv y el teléfono 2205-3800 y que tenemos disponible a la ciudadanía nuestro Plan de Contingencia, para que estén informados de las medidas tomadas al efecto para el retorno gradual, disponible en el siguiente link: https://bit.ly/3fctF40.