1. Home
  2. /
  3. Comunicados de prensa
  4. /
  5. Recomendaciones del IAIP en...

Recomendaciones del IAIP en relación a la protección de datos personales ante la pandemia del COVID-19

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), ante la pandemia de COVID-19, en relación al derecho de la protección de datos personales de la población en general y con la finalidad de prevenir riesgos de seguridad, emite las siguientes recomendaciones a las Instituciones Públicas:

Las medidas tomadas en respuesta al COVID-19 que impliquen el tratamiento de datos personales que incluyan datos de salud, deben ser necesarios y proporcionales, atendiendo la orientación y/o instrucciones de las autoridades competentes.

Los prestadores de servicios de salud y cualquier otra institución deberán recabar únicamente los datos personales mínimos necesarios, para lograr el propósito de implementar medidas para prevenir o contener la propagación de COVID-19 y brindar la atención, diagnóstico y tratamiento médico correspondiente.

Los datos personales recopilados con el fin de prevenir o contener la propagación de COVID-19, no deben utilizarse para propósitos distintos.

Los responsables del tratamiento de los datos deben definir los plazos de conservación de los mismos relacionados con el COVID-19, así como los mecanismos que se emplearán para administrarlos y eliminarlos de forma segura, proporcional y oportuna, de conformidad a lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y a los estándares internacionales relacionados en la materia.

Las instituciones y personas que están tratando datos personales deben proteger la confidencialidad sobre cualquier dato personal o personal sensible relacionado con el COVID-19, con el fin de evitar daño o discriminación de la persona afectada.

Si las instituciones captan datos personales, en virtud del tratamiento ante el COVID-19, la persona titular de los datos debe ser informada y conocer en todo momento las finalidades para las cuáles serán recabados y tratados los mismos. Previo a captar datos y al tratamiento, la persona responsable deberá poner a disposición del/a titular el aviso de privacidad correspondiente.

La identidad de las personas afectadas de COVID-19 no debe de divulgarse, en caso de requerirse una transferencia de datos personales a las autoridades de salud y otras instituciones, deberá ser documentada de manera clara y fundamentada; además deberá de realizarse bajo medidas de seguridad que garanticen la protección de los datos personales.

San Salvador, 18 de marzo de 2020